ARBITRAJE DE CONSUMO
El Sistema Arbitral de Consumo ejerce las funciones de promoción y fomento de los derechos de los consumidores y usuarios siendo el instrumento que las Administraciones Públicas ponen a disposición de los ciudadanos para resolver de modo eficaz los conflictos y reclamaciones que surgen en las relaciones de consumo, toda vez que la protección de los consumidores y usuarios exige que éstos dispongan de mecanismos adecuados para resolver sus reclamaciones.
El arbitraje de consumo es un procedimiento extrajudicial de resolución de conflictos entre comerciantes y consumidores o usuarios, nunca entre particulares, regulado por la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje y por el Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, modificado por el Real Decreto 863/2009, de 14 de mayo. Este sistema se encuentra en pleno auge, debido a sus notables ventajas para resolver conflictos: es gratuito para las partes (que sólo en determinados supuestos tienen que costear la práctica de peritajes), rápido (los expedientes se tramitan en un espacio corto de tiempo), eficaz (se resuelve sin necesidad de recurrir a la vía judicial), voluntario (ambas partes se someten libremente al arbitraje) y ejecutivo (los laudos son de obligado cumplimiento para empresario y consumidor).